dela especie humana. La educación se justifica en la necesidad que tiene el individuo de recibir influencias de sus iguales para dotarse de las características que son propias de
Indicede la Norma. APENDICE NORMATIVO Ver: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109, Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13 TITULO I - DE LAS DIFERENTES PERSONAS CIVILES Artículo 21 Son personas todos los individuos de la especie humana. Se consideran personas jurídicas y por consiguiente capaces de derechos y
Lafamilia humana y otros animales. En este artículo se exploran los argumentos especieístas expuestos en un artículo póstumo de Bernard Williams y hasta qué punto la presunta relevan-cia moral de la pertenencia a la especie humana no nos permite atribuir ningún estatuto moral a los miembros de otras especies que, sin embargo, cuentan con
ElDerecho es un producto social y como tal, debe ser rescatado de la participación contra el humano y el planeta. Ésta contradicción la ha venido impulsando desde la modernidad; principalmente, desde la incorporación de la dualidad sujeto-objeto que, por un lado, ha dejado al sujeto -de derecho- y por otro a la cosa-naturaleza y todo lo que puede ser
Poreso, entre las posibilidades de la zoofilosofía que hemos nombrado precedentemente queremos centrarnos en la distinción o semejanza entre animales y humanos. Aristóteles, Descartes o incluso Heidegger suelen fundar esa distinción en la observación, empírica o fenomenológica, con o sin reducción o epoké, de ciertos rasgos
Hay1183 especies “Sujetas a protección especial” en México, según el catálogo de la Comisión Nacional de Biodiversidad (Conabio).. Las especies en riesgo son aquéllas que sus poblaciones han ido disminuyendo debido a actividades humanas como la transformación de su hábitat, sobreexplotación, interacciones con especies
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